Estos elementos comunes de evaluación están basados en las normas que regulan las enseñanzas y la evaluación de las etapas de Educación Infantil (Real Decreto 1630/2006, de 29 de diciembre, el Decreto 428/2008, de 29 de julio, y la Orden de 29 de diciembre de 2008) y Educación Primaria (Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, el Decreto 230/2007, de 31 de julio, y la Orden de 10 de agosto de 2007). Todas ellas contempladas en el Plan de Evaluación de nuestro Centro.
Todas estas normas insisten en señalar que la evaluación en ambas etapas educativas tendrá las siguientes características: global (referida al conjunto de capacidades expresadas en los objetivos generales, adecuados al contexto sociocultural del centro y a las características propias del alumnado, en educación infantil, y a ello se añade en educación primaria el desarrollo de las competencias básicas y el progreso del alumnado en el conjunto de las áreas del currículo), continua (en el sentido de que el profesorado recogerá información de modo continuo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje con el fin de detectar las dificultades en el momento en que se producen, averiguar sus causas y, en consecuencia, adoptar las medidas necesarias para que el alumnado continúe su proceso de aprendizaje), formativa y orientadora del proceso educativo (ha de proporcionar información constante que permitirá mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa). En educación infantil la función formativa conlleva que la evaluación no tendrá carácter de promoción, ni de calificación del alumnado.
De acuerdo con los apartados 6 y 7 del artículo 2 de la Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación primaria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, definimos los procedimientos y criterios de evaluación de este Centro.
1. Procedimientos comunes de evaluación.
En la puesta en marcha de procedimientos de evaluación del alumnado nos parece interesante fomentar situaciones de autoevaluación y heteroevaluación de los propios alumnos y alumnas con el fin de contribuir a desarrollar las capacidades de crítica y autocrítica, ya que analizar el propio trabajo y ponerse en el lugar del otro parecen dos de las actividades más enriquecedoras y difíciles que se nos presentan a lo largo de la vida. Estas actividades de evaluación, pueden contribuir en buena manera al desarrollo de la competencia para la autonomía e iniciativa personal y la competencia social y ciudadana.
En cuanto a la evaluación de los aprendizajes, junto a los caracteres de globalidad y continuad de la evaluación, que conllevan ya unos procedimientos de evaluación en los que ahora nos detendremos, el procedimiento general de evaluación habrá de tener en cuenta el progreso del alumno o alumna en el conjunto de las áreas del currículo, según se desprende el artículo 11.1 del Decreto 230/2007. No podrá adoptarse, por tanto, como criterio de evaluación un número de áreas determinado o el predominio de unas sobre otras. Además del progreso general, las competencias básicas y los objetivos generales de etapa, tendrán que tenerse en cuenta en la evaluación los diferentes elementos del currículo (objetivos, contenidos, actividades, metodología…) de acuerdo con el apartado 2 del artículo antes citado.
El apartado 3 del artículo 11 aporta luz sobre el procedimiento de evaluación al decir que: “Los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas”.
Y de modo preferente la evaluación se llevará a cabo “a través de la observación continuada del proceso de aprendizaje de cara alumno o alumna y de su maduración personal”. La continuidad del proceso presenta, no obstante, diferentes momentos y diferentes motivos: evaluación inicial, evaluación del proceso y evaluación final con la calificación y la decisión sobre la promoción. Esta observación continua y la apreciación del carácter global de la evaluación nos obligan al uso de distintos instrumentos para evaluar y finalmente calificar el trabajo de nuestros alumnos y alumnas. Estos instrumentos son:
- Pruebas de control y cuestionarios de evaluación.
- Revisión de cuadernos.
- Fichas de seguimiento.
- Preguntas de clase y participación en la misma.
- Trabajos en grupo.
- Entrevistas individuales.
- Asambleas de clase, puestas en común, coloquios.
- Observación sistemática
El proceso de evaluación continua podrá llevarnos al establecimiento de medidas de atención a la diversidad en cualquier momento del ciclo y tan pronto como se detecten las dificultades.
El apartado 5 del artículo 11 del Decreto 230/2007 establece “la obligación de los maestros y maestras de evaluar tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente”. Por ello, tanto los maestros y maestras de manera individual como el equipo directivo y el ETCP de forma colectiva habrán de concretar los aspectos, criterios y procedimientos de esta evaluación, ofrecer documentos de reflexión e instrumentos que la faciliten y la acoten.
2. Criterios comunes de evaluación.
a) Los tutores y tutoras realizarán una evaluación inicial del alumnado durante el primer mes del curso escolar al comienzo de cada ciclo, dicha evaluación se registrará en la entrada oportuna del programa Séneca y constará de:
- E. Infantil: datos sobre el desarrollo de las capacidades contempladas en los objetivos de la etapa, información proporcionada por el padre o madre, en su caso, los informes médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales que revistan interés para la vida escolar y la revisión de los datos del alumnado que hubiere estado escolarizado en primer ciclo de esta etapa.
- E. Primaria y ESO: datos sobre el punto de partida desde el que se inician los nuevos aprendizajes, obtenidos aquellos mediante pruebas y observación directa, análisis de los informes personales de la etapa o ciclo anterior, información de la familia y, en su caso, los informes médicos, psicológicos, pedagógicos y sociales.
b) El alumnado será evaluado conforme a criterios de plena objetividad. El profesorado de cada área dará a conocer estos criterios al alumnado, así como los resultados de sus aprendizajes.
c) Los resultados del aprendizaje se darán a conocer de manera discreta, individual y de manera que esta información tenga valor formativo y comprometa al alumnado en su educación.
d) La promoción del alumnado tendrá en cuenta: el grado de desarrollo de las competencias básicas adquirido, la consecución de los objetivos generales de la etapa y las posibilidades de progreso.
e) Participar en la elaboración de las normas de clase, conocerlas y respetarlas. Así como conocer y respetar las normas del Centro de modo que el alumnado se inicie en el ejercicio de la ciudadanía democrática.
f) Esforzarse y responsabilizarse del estudio y del trabajo para poder desenvolverse con autonomía en la ejecución de actividades y juegos tanto individuales como colectivos.
g) Desarrollar las capacidades afectivas y adquirir habilidades sociales de modo que los alumnos y alumnas demuestren una actitud contraria a los prejuicios y los estereotipos y participen en la prevención y la resolución de conflictos tanto en el ámbito escolar como en el familiar y social, así como sean capaces de tomar iniciativas y llevarlas a cabo.
h) El profesorado comprobará mediante la observación directa, la realización de actividades de debate, análisis y reflexión que el alumnado conoce, comprende y respeta otras culturas, las diferencias entre las personas y actúa sin discriminación hacia todas ellas reconociendo la igualdad de derechos y oportunidades entre las personas, especialmente entre hombres y mujeres.
i) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana, a la vez que reconoce y aprecia las peculiaridades de la modalidad lingüística andaluza en todas sus variedades. Este conocimiento, uso y apreciación tendrá especial incidencia en lograr que el alumnado sea competente para expresar de manera oral y por escrito su pensamiento, emociones y sentimientos y sea capaz de comprender diferentes tipos de texto a la vez que desarrolla diferentes usos y hábitos de lectura.
j) Expresar y comprender mensajes sencillos en inglés y ser capaz de desenvolverse en situaciones cotidianas. En lengua extranjera se prestará una atención muy destacada a las situaciones comunicativas orales.
k) Ser capaz de utilizar los números y las operaciones básicas, los símbolos y las formas de expresión del razonamiento matemático con el fin de producir e interpretar informaciones y resolver problemas de la vida diaria. El alumnado deberá adquirir la habilidad de trasladar y aplicar estos usos y conocimientos a situaciones de su vida cotidiana.
l) Se habrá de comprobar el conocimiento y la capacidad de interactuar en el entorno natural, social y cultural de manera que comprenda los sucesos, los avances y conocimientos científicos, se inicie en la predicción de las consecuencias de las acciones y contribuya a la conservación y mejora de su entorno. El medio natural, social y cultural andaluz será objeto de una atención significada, aunque se habrá de valorar el respeto e interés mostrado por la diversidad lingüística y cultural de los pueblos.
m) En cuanto al uso de las tecnologías de la información y la comunicación tendremos que valorar la iniciación en el uso de las mismas y la capacidad para buscar, obtener, procesar y comunicar la información y transformarla en conocimiento mediante textos, dossiers, caza de tesoros u otros trabajos. Junto al uso de las TIC y el tratamiento de la información deberá valorarse el desarrollo de una actitud crítica hacia los mensajes recibidos y emitidos y el uso excesivo de estas tecnologías.
n) Apreciar y comprender diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de disfrute y enriquecimiento personal al tiempo que se inicia en la valoración crítica de las mismas. La realidad cultural andaluza habrá de ser considerada, conocida, respetada y entendida como comunidad de encuentro de culturas.
ñ) La educación física y el deporte tendrán que ser considerados como medios para favorecer el desarrollo personal y social y en este sentido la evaluación, en ésta y otras áreas dada la transversalidad de esta cuestión, deberá valorar la importancia y el interés que el alumnado muestra por la higiene y la salud, la aceptación del propio cuerpo y el de los otros, así como de sus posibilidades motrices, y el respeto a las diferencias.
o) Mediante el fomento de la educación vial se valorará el conocimiento de las normas elementales como peatón y usuario de vehículos y el desarrollo de actitudes de comportamiento y respeto hacia los demás que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.
Promoción de ciclo y reclamaciones.
1. Aspectos generales sobre promoción.
(Conforme al artículo 8 de la Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria)
a) Los criterios de promoción de cada ciclo se expondrán en la página web, o en el blog del Centro, independientemente de su inclusión en la programación general de cada ciclo. Además, a partir de 3º de E. Primaria dichos criterios se recogerán en la agenda escolar (En el caso de ser un instrumento cuyo uso esté normalizado en la/las tutorías). No obstante, en la primera reunión de cada tutor o tutora con las familias de su tutoría, se informará y se les hará entrega de los mismos de manera clara y fehaciente de dichos criterios y el procedimiento de aplicación.
b) Al finalizar cada ciclo de la etapa y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente, de forma colegiada, decidirá sobre la promoción de cada alumno o alumna al nuevo ciclo o etapa siguiente.
Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o tutora. (Artículo 8.2 Orden de 10-
8-2007 sobre evaluación en E. Primaria).
c) El tutor o tutora, una vez reunido el equipo docente y éste prevea que un alumno o alumna puede no promocionar, mantendrá una reunión con la familia, le informará de las previsiones del equipo docente y oirá la opinión del padre y/o la madre que asista a la reunión sobre la posible no promoción de su hijo o hija, esta opinión ha de recogerse por escrito de acuerdo con el anexo 1. Esta reunión con la familia se mantendrá tras la 2ª evaluación y, en todo caso, antes del mes de junio del curso de que se trate.
d) El alumnado accederá al ciclo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no le impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes.
(Artículo 8.3 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria)
Para facilitar esta tarea y concretar el procedimiento, el equipo docente que haya de decidir sobre la promoción tendrá en cuenta los criterios de promoción que cada ciclo haya propuesto, ello sin perder de vista lo dicho en el párrafo anterior.
e) Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación.
(Artículo 8.4 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria)
El Centro organiza este plan de acuerdo con lo establecido en el Plan de
Atención a la Diversidad.
f) Una vez celebrada la reunión de evaluación correspondiente a final de ciclo y tomada la decisión de no promoción, quien sea responsable de la tutoría convocará a la familia a una reunión en la que informará de manera clara y fehaciente de tal decisión, de las razones aducidas por el equipo docente y la toma en consideración o no de la opinión de la familia. A tal efecto entregará a la familia un escrito, según anexo 2, comunicando tal decisión y pedirá a la familia que firme un recibí del mismo, el cual entregará el tutor o tutora en Secretaría para su archivo.
g) De conformidad con lo recogido en el artículo 16.1 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, el equipo docente, asesorado por el equipo de orientación educativa, oídos el padre, la madre o los tutores legales, podrá adoptar la decisión de que la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales con adaptación curricular significativa pueda prolongarse un año más, siempre que ello favorezca su integración socioeducativa.
(Artículo 8.5 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E. Primaria)
h) De conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 del Decreto 230/2007, de 31 de julio, la escolarización del alumnado con altas capacidades intelectuales se flexibilizará de conformidad con la normativa vigente, de forma que pueda anticiparse su incorporación a la etapa o reducirse la duración de la misma, cuando se prevea que dicha medida es lo más adecuado para el desarrollo de su equilibrio personal y su socialización. (Artículo 8.6 Orden de 10-8-2007 sobre evaluación en E.
Primaria).
2. Reclamación sobre calificaciones y/o promoción por parte de la familia.
a) Reclamación sobre calificaciones.
Los representantes legales de un alumno a alumna podrán presentar reclamación por las calificaciones otorgadas a su hijo o hija en cualquier área del currículo.
En primer término, dicha reclamación se realizará en los dos días hábiles posteriores a la recepción de las calificaciones, de forma oral mediante entrevista personal y en horario de tutoría ante el maestro o maestra responsable del área de que se trate.
Si tras la entrevista con el maestro o maestra no hubiere satisfacción a la reclamación, podrá solicitarse a la Jefatura de Estudios, en plazo de tres días hábiles tras la celebración de la entrevista, la revisión de la calificación cuestionada, anexo 3 A. Esta reclamación se presentará en la Secretaría del Centro o mediante cualquier procedimiento admitido en la ley para presentar solicitudes o documentación ante las administraciones públicas.
La Dirección del centro informará al maestro o maestra afectado por la reclamación de la presentación de la misma. Posteriormente, quien sea responsable de la Jefatura de Estudios, junto con al menos dos maestros cualificados en el área correspondiente y designados por la dirección del centro, habrá de reunirse con el maestro o maestra que otorgó la calificación para comprobar que la misma se ha fundado en los criterios de evaluación del área correspondiente. En esta reunión este maestro tendrá voz, pero no voto. El aquí mencionado equipo del profesorado podrá, mediante informe razonado, confirmar o modificar la calificación otorgada, según estime que la calificación adoptada se adecua o no a los criterios de evaluación del área de que se trate.
La Jefatura de Estudios comunicará en el plazo de dos días tras la celebración de la reunión antedicha, mediante el anexo 4 A, la decisión adoptada; la cual podrá recurrirse mediante Recurso de Alzada dirigido al Delegado/a Provincial de Educación, éste recurso se rige por el procedimiento establecido en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
b) Reclamación sobre la promoción.
Los responsables legales de un alumno a alumna podrán presentar reclamación por la decisión de promoción o no promoción que haya adoptado un equipo docente.
En primer término, dicha reclamación, anexo 3 B, se realizará en los tres días hábiles posteriores a la comunicación de no promoción. Esta reclamación se presentará en la Secretaría del Centro dirigida al Director o Directora, quien la derivará de forma inmediata al coordinador o presidente del equipo docente que haya tomado la decisión reclamada y a la Jefatura de Estudios.
Una vez recibida la reclamación por quien coordine o presida el equipo docente, éste reunirá dicho equipo, junto con la Jefatura de Estudios, quien presidirá la reunión, y en el plazo de tres días hábiles tras la recepción habrán de revisar la decisión y resolver en sentido positivo o negativo la reclamación, será preceptivo la emisión de un informe al respecto, el cual se elevará a la Dirección del Centro. Esta resolución se comunicará de manera inmediata, en el plazo máximo de dos días hábiles, a la familia por la Dirección mediante el anexo 4 B.
Si la familia persistiera en su desacuerdo con la decisión adoptada tras la revisión, podrá presentar 2ª reclamación, anexo 5, ante la Dirección del Centro en el plazo de tres días hábiles tras la recepción de la resolución revisada. Esta 2ª reclamación se presentará en la Secretaría del Centro o mediante cualquier procedimiento admitido en la ley para presentar solicitudes o documentación ante las administraciones públicas.
La Dirección del Centro dispondrá de tres días hábiles para resolver esta 2ª reclamación, la cual se comunicará a la familia, mediante el anexo 6.
La Dirección para emitir su resolución recabará información del equipo docente, la Jefatura de Estudios y la familia, según estime. La resolución adoptada por la Dirección podrá recurrirse mediante Recurso de Alzada dirigido al Delegado/a Provincial de Educación, éste recurso se rige por el procedimiento establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Anexos.
Anexo 1. Opinión de la familia sobre la no promoción
Anexo 2. Comunicación de la decisión de no promoción.
Anexo 3 A. Reclamación de las calificaciones ante la Jefatura de Estudios.
Anexo 3 B. 1ª reclamación de la promoción, ante la Dirección.
Anexo 4 A. Comunicación de la decisión sobre calificaciones (Jefatura de
Estudios).
Anexo 4 B. Comunicación de la decisión sobre promoción 1ª reclamación
(Dirección).
Anexo 5. 2ª reclamación sobre promoción, ante la Dirección.
Anexo 6. Comunicación de la decisión sobre promoción 2ª reclamación
(Dirección).
Anexo 1
INFORMACIÓN A LA FAMILIA SOBRE LA PROMOCIÓN
Y OPINIÓN DE LA MISMA AL RESPECTO.
D/Dª…………………………………………………………………………………………………………
Tutor/a del grupo…........ Nivel……….. Del CPR “Alcalde Juan García”
(LA VIÑUELA) del ciclo…… De Educación Infantil/Primaria/ESO (táchese lo que no proceda),
MANIFIESTO
- Que con fecha …………………………. me he entrevistado con la familia
Del alumno/a………………………………………………………..............................
Y le he informado de la previsión sobre su posible no promoción al ciclo
siguiente. Dicha previsión ha sido estudiada y valorada por el equipo docente del
grupo al que tutorizo en fecha de…………………..
- Al respecto la familia opina que:
La Viñuela, a …..… de …..…. 201
Conformes con lo expresado en
este escrito.
Padre/madre/tutor-a legal
Fdo. Fdo:
Anexo 2.
Comunicación sobre promoción.
D/Dª ………………………………………………………………………………………………, tutor/a del alumno/a ……………………………………………………………… perteneciente al grupo …... nivel ……. del CPR “Alcalde Juan García” (La Viñuela) del …….. Ciclo de Educación Infantil/Primaria (táchese lo que no proceda), les comunico que el equipo docente del citado grupo ha decidido en sesión de evaluación de
…………………………………. promocionar/no promocionar (táchese lo que no proceda) al ciclo siguiente al citado alumno/a.
Dicha decisión ha sido tomada por este equipo tras valorar:
- La necesidad de permanecer un curso más en este ciclo para alcanzar los aprendizajes no adquiridos y ello a pesar de las medidas adoptadas
(Cítense cuáles):
- El convencimiento de que esta medida favorecerá su desarrollo personal y académico.
- Insuficiencia en el grado de consecución de las competencias básicas.
- Insuficiencia en la consecución de los objetivos de las áreas de:
- Graves impedimentos para continuar en el ciclo o etapa siguiente debido a los aprendizajes no alcanzados.
- Insuficiente grado de madurez.
- No superación de la mayor parte de los criterios de promoción establecidos para el ciclo cursado.
Estas circunstancias se harán constar en el acta de evaluación. Contra esta decisión podrá usted reclamar en el plazo de tres días hábiles mediante instancia que se le proporcionará en el Colegio y conforme a lo establecido en el Proyecto de Centro (Líneas generales de actuación pedagógica; Promoción de Ciclo y reclamaciones, Reclamación sobre la promoción).
Recibí copia de esta Comunicación con fecha de………………………….201 Fdo. |
La Viñuela, a………. de…………………. de 201
Tutor/a del grupo……..
Fdo.
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